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Foto del escritorJuancho Parada

‘Deepfake’: la delgada línea entre el placer y la pesadilla

El avance de la tecnología plantea un serio debate sobre el uso de imágenes, que cruza las fronteras de lo legal mucho más de lo que imaginamos.

Jim Carrey aún conserva su estatus de cómico gestual en La Meca del cine. Jack Nicholson prácticamente no tiene presentación: un múltiple ganador del premio Óscar por actuaciones memorables. ¿Qué puede resultar de intercambiar el rostro del primero con el segundo?


El inquietante video que se multiplicó en las redes sociales en octubre del 2019, asombró al mundo al ver a Carrey ‘suplantar’ a Nicholson en una larga escena de la película de terror “El Resplandor” (1980) con una prodigiosa exactitud. No era una actuación del histrión canadiense. Ni el autor del material contaba con la autorización de Carrey para emplear su imagen. Acá se puede apreciar el resultado.


Lo que parecía divertido abrió las puertas a un sinfín de preguntas sobre los alcances de la Inteligencia Artificial (IA) con propósitos ya no de entretenimiento sino como estrategia para confundir a la opinión pública o, simplemente, por venganza. El deepfake, definido por Salas (2019) como “la manipulación digital de imágenes fijas, videos, o, de archivos de audio”, ya “se está convirtiendo en un lucrativo negocio”, como lo reportó en su momento la BBC (2019). ¿Cómo ponerle freno?


La suplantación de identidad es un dolor de cabeza con el que se lidia constantemente en el mundo digital. Solo en el 2020 las denuncias asociadas a la comisión de este delito informático aumentaron hasta un 409% durante el primer año de la pandemia en Colombia, según datos de la DIJIN citados por el diario La República (2021). “El reporte reveló que mientras en 2019 hubo alrededor de 300 casos de este tipo, en 2020 la cifra se disparó a 1.527 reportes”, menciona el artículo.


El panorama se hace más turbio por el incremento de acusaciones relacionadas con la llamada “sextorsión” - la amenaza y/o divulgación de imágenes íntimas de una persona sin su consentimiento-. El desconcierto se transforma en un auténtico horror si además dichas imágenes fueron alteradas. Por lo general, las mujeres son las víctimas que más padecen ese infierno y el daño a la vida profesional y personal resulta, en algunos casos, irreparable.


Eso por mencionar las consecuencias en el ámbito personal, donde las posibilidades de aplicación de justicia son limitadas. Ahora llevémoslo a escenarios de orden político, de salud o económicos. Como señala un estudio de la empresa norteamericana Fast Company citado por la revista Enter (2021) “Pronto, los medios sintéticos generados por IA pueden alcanzar el pasado y sembrar dudas sobre la autenticidad de eventos históricos, lo que podría destruir la credibilidad de los registros que quedan en nuestra era digital actual.” La sola mención de una reescritura de los hechos por cuenta de un elaborado deepfake suena descabellado, pero con la crisis actual no es imposible que se acuda a ello como un mecanismo de desinformación que eche más leña al fuego.


Expertos jurídicos evidencian otras implicaciones del uso indiscriminado de esta tecnología en el ámbito comercial. En especial, aquellos personajes públicos que viven de su imagen el efecto a mediano plazo puede ser devastador. Para Ortega (2021) “En el caso de los deportistas de alto rendimiento, ahora más que nunca sus ingresos provienen principalmente de la explotación de su propia imagen, con lo cual estaremos viendo riesgos para su explotación, presentes y futuros.”


La legislación colombiana ha adelantado algunos avances en materia de uso de la imagen elevándola a calidad de derecho por tratarse de un dato personal, tal como lo consagra la ley 1581 del 2012. Y existe el delito de injuria consagrado en el artículo 226 del Código Penal. No obstante, como señala Acosta (2021) “la norma no tiene un apartado específico en el Código Penal que trate el delito de compartir fotos de cariz íntimo en redes sociales; tiene, más bien, un articulado que el juez debe interpretar cuando el contenido resulte perjudicial contra la integridad de cualquier persona”.


En el uso del deepfake los procesos iniciados pueden caerse si no se logra determinar con exactitud al creador de la pieza de la discordia, cobijado principalmente por la habilidad que despliegue para ocultar su rastro. Faltan más dientes a nivel legal no solo en cuanto a sanciones y penas sino en el proceso de reparación a víctimas.


Aquí es evidente la responsabilidad no solo de los comunicadores y profesionales de la comunicación sino de cualquier generador de contenidos, pues la popularidad de estos videos alterados es un camino fácil hacia un significativo número de interacciones. ¿Vale la pena sacrificar credibilidad, principios éticos y la propia dignidad humana cuando se antepone la sostenibilidad del medio o el protagonismo de algún influenciador?


Por otro lado, la exigencia de una verificación de esta clase de productos es un deber ineludible. Inexplicablemente en plena era digital son pocos los que realizan dicho proceso. Las pasiones todavía gobiernan este universo, así que el caos es puerto seguro mientras no medien procesos de sensibilización y formación para reconocer cuando se está al frente de un bulo de ese tamaño. No es poco lo que está en juego.


Y queda la órbita de la vida personal. El disfrute de la sexualidad no debe convertirse en una salida en falso para sufrir los embates del escarnio público. Cada quien debe ser consciente de lo que ocurre cuando sus imágenes se encuentran al alcance de todo el mundo. Mientras exista un consentimiento expreso mutuo es más llevadero el asunto de lidiar con alguna fama repentina y, eventualmente, perjudicial.


Al respecto quiero resaltar el trabajo de la plataforma Acoso Online que brinda herramientas sobre pornografía no consentida, rutas de denuncia y orientación para sobrellevar los traumas. No lo descartemos, pues nunca sabemos si hemos confiado en las personas adecuadas.


A continuación pueden ver un encuentro de la plataforma en Ecuador.




Referencias


Acosta, C. (2021, 12 abril). Delito de suplantación de identidad aumentó 409% en 2020 debido a la pandemia. Portal Asuntos Legales. https://www.asuntoslegales.com.co/actualidad/delito-de-suplantacion-de-identidad-aumento-409-en-2020-debido-a-la-pandemia-3151651


Acosta, C (2021, 14 abril). Estos son los casos en los que publicar fotos íntimas en internet genera sanciones. Portal Asuntos Legales. https://www.asuntoslegales.com.co/actualidad/estos-son-los-casos-en-los-que-publicar-fotos-intimas-en-internet-genera-sanciones-3153047


El impresionante "deepfake" de Jim Carrey imitando a Jack Nicholson (y por qué California prohibió esta tecnología) (2019, 11 de octubre) BBC News Mundo. https://www.bbc.com/mundo/noticias-50014822


Ortega, J. (2021, 12 marzo) Deepfake: algunas connotaciones legales. Portal Asuntos Legales. https://www.asuntoslegales.com.co/consultorio/deepfake-algunas-connotaciones-legales-3137917


Salas, B. (2019) El “DeepFake” y el Derecho a la “Imagen”. Departamento de Derecho Informático. Universidad Externado de Colombia. https://derinformatico.uexternado.edu.co/el-deepfake-y-el-derecho-a-la-imagen/

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